VI- MODELO DE ESCRITO DE INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE CASACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA SENTENCIA Y ANTE TRIBUNAL SUPREMO Carátula • Número de recurso de casación: 348/2017. • Identificación de la Sala y Sección destinataria del escrito: Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Recursocontencioso-administrativo: Si el recurso económico-administrativo es desestimado, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Este recurso se debe presentar en un plazo de dos meses desde que se notifica la resolución del recurso LaSala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) ha estimado el recurso de casación interpuesto por la Diputación Provincial de Pontevedra contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra que anuló una liquidación tributaria por plusvalía, en contradicción con la decisión del Elcontribuyente tiene una segunda oportunidad para obtener la devolución de ingresos indebidos (STS 145/2021, de 4 de febrero) Fijando jurisprudencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reconocido en su reciente STS 145/2021, de 4 de febrero, que el contribuyente puede solicitar por segunda vez, la Yde conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.2 d) de la Ley 29/1998, de 13 de julio (LA LEY 2689/1998) , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, procede estimar al recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la mercantil TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A. contra la Seguidamentele dejamos algunos de los más utilizados: 📄 Modelo demanda contencioso administrativo Aquí puede descargar un formulario contencioso administrativo Yes que, el Alto Tribunal tendrá que resolver un recurso de casación planteado contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, que dio la razón a un contribuyente que recurrió una liquidación de plusvalía municipal el 5-11-2021. Enel recurso de amparo núm. 1041-2019, promovido por doña Marta Cabrera Alández, representada por el procurador de los tribunales don Jorge Laguna Alonso, y asistida por la letrada doña Victoria Mateo Coarasa, contra la sentencia núm. 265/2018, de 21 de noviembre, y el auto de 30 de enero de 2019, uno y otra del Juzgado Sinembargo, en estos casos, no procede presentar la reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo. Fase/Vía Judicial; Una vez se ha agotado la vía administrativa previa, en caso de denegar la solicitud o bien entenderse silencio administrativo negativo, se interpone recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Recursocontencioso-administrativo: Si el recurso económico-administrativo es desestimado, se puede interponer un recurso contencioso BinGsP.